Inspeccionarán entrega de divisas a empresas públicas y privadas realizadas desde 2011

Inspeccionarán entrega de divisas a empresas públicas y privadas realizadas desde 2011

Por medio del Decreto N° 628, de la Presidencia de la República, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 40.307 que circula este miércoles, fue creada la Comisión Presidencial, con carácter temporal, denominada Comisión Presidencial para la Verificación de la Conformidad del Otorgamiento de Divisas por Parte del Estado Venezolano y su Correcto Uso. noticierolegal.com

Esta Comisión tiene por objeto realizar las actuaciones y verificaciones necesarias, tanto el sector público, como en el privado, a los fines de determinar que el otorgamiento de divisas por parte del Ejecutivo Nacional a empresas públicas y privadas durante los ejercicios fiscales 2011, 2012 y 2013 respondiera a estrictos criterios de oportunidad, bajo procedimientos transparentes y cumpliendo con los fines estatales de las asignaciones efectuadas.





La Comisión Presidencial para la Verificación de la Conformidad del Otorgamiento de Divisas esta integrada por los siguientes ciudadanos:continuación:

JOSÉ RICARDO SANGUINO CÁRDENAS C.I. N° V-2.129.796
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA C.I. N° V-6.853.244
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ C.I. N° V-6.122.963
LUISA ORTEGA DÍAZ C.I. N° V-4.555.631
GUSTAVO JOSÉ HERNANDEZ JIMÉNEZ C.I. N° V-10.792.108

La COMISIÓN PRESIDENCIAL PARA LA VERIFICACIÓN DE LA CONFORMIDAD DEL OTORGAMIENTO DE DIVISAS POR PARTE DEL ESTADO VENEZOLANO Y SU CORRECTO USO, tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Establecer las coordinaciones necesarias entre los distintos órganos y entes del Poder Público que permitan verificar la conformidad o irregularidad en el otorgamiento de divisas por parte del Ejecutivo Nacional durante los ejercicios fiscales 2011, 2012 y 2013, y el uso correcto de las mismas.
  2. Conformar un Sistema de Información de Registro de las empresas públicas y privadas, a las cuales se les haya otorgado divisas por parte del Estado venezolano, a los fines de establecer prioridades de actuación por sectores, actividades o grupos de sujetos.
  3. Realizar labores de investigación con el objeto de establecer el uso que las empresas públicas y privadas le dieron a las divisas otorgadas.
  4. Ordenar a través de los órganos y entes competentes la verificación, inspección y fiscalización de las empresas públicas y privadas a las que el Estado venezolano otorgó divisas, a fin de determinar circunstancias o hechos relacionados con el cumplimiento de requisitos para el otorgamiento de divisas, la Inversión de las mismas o su uso conforme a las solicitudes efectuadas.
  5. Evaluar y analizar los precios de los productos en el mercado internacional, con el objeto de determinar los costos de dichos productos en el mercado nacional.
  6. Constituir las subcomisiones, equipos o grupos técnicos de trabajo que estime necesarios, para garantizar la mejor ejecución de sus funciones y el cabal cumplimiento de los fines de su creación, para lo cual podrá incorporar a determinadas actividades a los órganos y entes de la Administración Pública, que en razón de sus competencias pudieran coadyuvar en el proceso.
  7. Formular y recomendar las políticas y lineamientos en materia de adquisición de divisas, de manera de buscar posibles soluciones a los problemas relativos a su adquisición por parte de las empresas públicas y privadas, garantizando el buen uso de las mismas.
  8. Formular y recomendar las políticas y lineamientos en el otorgamiento de divisas, a los efectos de garantizar el uso correcto que las empresas públicas y privadas deben darle a las mismas, bajo los principios de eficacia, eficiencia y celeridad de manera de llevar el control de sus actividades.
  9. Informar a los órganos y entes del Poder Público competentes del conocimiento o presunción de la comisión de ilícitos cambiados u otros delitos cometidos con ocasión del otorgamiento o disposición de moneda extranjera otorgada por el Estado venezolano.
  10. Dictar, mediante Reglamento Interno, sus normas sobre funcionamiento y la organización básica y más eficiente para su gestión.
  11. Las demás que acuerde cualquier otro instrumento normativo o le sean asignadas por el Presidente de la República.