Luis Izquiel: Ejecuciones extrajudiciales

Luis Izquiel: Ejecuciones extrajudiciales

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El dantesco vídeo dado a conocer por el diario El Nuevo Herald, en el cual se puede observar a efectivos de la Policía del estado Aragua ejecutando extrajudicialmente a un joven que aparentemente acababa de cometer un delito, dejó en evidencia la descomposición que hoy existe dentro de muchos cuerpos de seguridad del país. La lucha contra el crimen no puede servir como excusa para violar de forma tan salvaje los derechos humanos.

Lo ocurrido en el estado Aragua no constituye un hecho aislado. En los últimos años este tipo de casos se han vuelto comunes. Un reciente informe de COFAVIC refleja que, solo en 2014, se realizaron en nuestro país 1.018 ejecuciones extrajudiciales (lo que significó un aumento con respecto a las 669 acaecidas en 2013). Así que lo único particular de la ejecución policial efectuada en la tierra gobernada por Tareck El Aissami, es que fue casualmente grabada y mucha gente pudo verla.





La gran mayoría de las ejecuciones extrajudiciales son encubiertas bajo la figura del “enfrentamiento” (no son contabilizados como homicidios). Por eso los victimarios casi nunca son investigados ni sancionados. COFAVIC, analizando las cifras del informe 2014 del Ministerio Público, señala que el año pasado hubo una impunidad de 99% en los casos de denuncias por violaciones a los derechos fundamentales. La falta de castigo hace que muchos funcionarios de los cuerpos de seguridad se sientan confiados y se acostumbren a ejecutar este tipo de hechos (la frialdad con la que actuaron los PoliAragua que aparecen en el vídeo, hace presumir que anteriormente ya habían participado en eventos similares).

Las ejecuciones extrajudiciales son el reflejo de un sistema de justicia enfermo. Si las policías preventivas, la policía de investigación, la Fiscalía y el Poder Judicial funcionaran correctamente, una persona que cometió un delito flagrante debería ser detenida, procesada y condenada, nunca ajusticiada. Luego debe tener la posibilidad de rehabilitarse en un centro penitenciario con las condiciones para ello. Nuestra Constitución y diversos tratados de DDHH suscritos y ratificados por Venezuela, prohiben la pena de muerte. Un policía no puede ser quien decida si una persona, que haya o no cometido delito, vive o muere.

Los ajusticiamientos constituyen una expresión del más elemental primitivismo. Son la prueba palmaria de la inexistencia del Estado de Derecho. Cuando los agentes de los cuerpos de seguridad los ejecutan, se convierten también en bárbaros delincuentes y retroalimentan el espiral de violencia criminal que sufre el país.

Twitter: @Luisizquiel