Demanda de Cabello contra medios destaca en informe Cidh sobre libertad de expresión (cronología)

Demanda de Cabello contra medios destaca en informe Cidh sobre libertad de expresión (cronología)

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El presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, demandó penal y civilmente en abril a los medios El Nacional, La Patilla y Tal Cual y a sus directivos por difamación, luego de que replicaran una información publicada en el diario español ABC en la que un ex funcionario de confianza de Cabello lo vinculaba con el narcotráfico. Diosdado Cabello negó esa acusación y dijo que iniciaba la demanda “actuando de acuerdo a la ley” porque “cada quien” debe asumir “su responsabilidad”.





 

Informe Cidh sobre libertad de expresión en Venezuela

 

El 12 de mayo la Justicia determinó la prohibición de salir del país a los 22 directivos involucrados, aunque algunos no se encontraban en Venezuela en ese momento. Según argumentó la demanda de Cabello, esta medida fue solicitada por “presunciones razonables” de peligro de fuga y obstaculización de la justicia.

 

Miguel Henrique Otero, presidente editor del diario El Nacional, dijo que la prohibición se había determinado de forma “irregular”, “sin haber emitido las boletas de citación” correspondientes. “Los jueces dependen del Ejecutivo, reciben órdenes directas del Gobierno. (…) La justicia venezolana no existe, la justicia en Venezuela es un instrumento del Ejecutivo para criminalizar a la disidencia”, opinó Otero. El 2 de agosto la Justicia publicó en medios de prensa una citación a los directivos de los medios demandados. Diosdado Cabello informó el 12 de agosto que la demanda civil había sido admitida. El 17 de agosto, la Justicia dictó una medida de prohibición de enajenar y gravar el edificio del diario El Nacional en el marco del juicio civil.

 

La CIDH solicitó al Estado venezolano el 9 de noviembre la adopción de medidas cautelares a favor de Miguel Henrique Otero, presidente editor de El Nacional; Alberto Federico Ravell, director de La Patilla, y su hija Isabel Cristina Ravell; y Teodoro Petkoff, director de Tal Cual, tras una serie de hostigamientos iniciados por funcionarios contra esos medios y sus directivos. Los beneficiarios dijeron haber sido víctimas de ataques, agresiones, amenazas y persecución por parte del Estado venezolano por ejercer su derecho a la libertad de expresión de manera independiente y crítica a través de medios de comunicación social.

 

Entre los hechos registrados hubo reiteradas declaraciones estigmatizantes realizadas por altos funcionarios, actos de seguimiento y vigilancia, procesos penales y civiles expeditos por difamación iniciados por Cabello, prohibición de salir del país, prejuzgamiento de parte del TSJ y embargo de inmuebles.

 

El gobierno de Venezuela defendió el derecho de sus funcionarios a demandar penalmente a periodistas. “Parece que unos ciudadanos tienen derechos y otros no. Parece que ser funcionario público me quita a mí mi honor, mi reputación, y yo no tengo derecho a defenderla en un tribunal. Un doble rasero, una doble moral, un doble estándar”, dijo el director general de la Conatel, William Castillo, en una audiencia ante la CIDH.

 

El principio 10 de la Declaración de Principios de la CIDH afirma que “Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas”.

 

Adicionalmente, el principio 11 establece que “Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como ‘leyes de desacato’ atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”.