Luchar contra el “fascismo”: nueva excusa para arremeter contra la disidencia y la sociedad civil en Venezuela

Luchar contra el “fascismo”: nueva excusa para arremeter contra la disidencia y la sociedad civil en Venezuela

El espacio cívico en Venezuela no para de estrecharse. Así, al combate contra el terrorismo, a la lucha contra la delincuencia organizada y a la defensa de la soberanía, aunados a la polémica Ley contra el Odio, las autoridades han sumado ahora una nueva excusa a su repertorio para actuar en contra de las agrupaciones civiles independientes y lo que resta de la oposición política y los medios de comunicación: el fascismo.

Por accesoalajusticia.org





«Lo que han sido los últimos 25 años en Venezuela se han manifestado expresiones y acciones de organizaciones y partidos de un tinte franca y abiertamente fascista», denunció el pasado 2 de abril la vicepresidenta de la República, Delcy Rodríguez, al presentar ante la Asamblea Nacional (AN) el proyecto de Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares.

El instrumento, que como tantos otros proyectos de ley no está publicado en la página web de la AN y solo ha circulado de manera extraoficial por redes sociales, define en su artículo 4 como fascismo a aquella «postura ideológica o expresión basada en motivos de superioridad racial, de origen étnico, social o nacional, que asume la violencia como método de acción política, enarbola la cultura de la muerte, denigra de la democracia, sus instituciones y valores republicanos y/o promueve la supresión de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución a favor de determinados sectores de la sociedad, por motivos discriminatorios».

Acto seguido remata señalando que «son rasgos comunes a esta postura el racismo, el chovinismo, el clasismo, el conservadurismo moral, el neoliberalismo, la misoginia y todo tipo de fobia contra el ser humano y su derecho a la no discriminación y a la diversidad».

El concepto, sin embargo, contradice lo que expertos como el historiador alemán Ernst Nolte han sostenido sobre el fascismo, al cual han descrito como una tendencia caracterizada por su «antimarxismo, antiliberalismo, anticonservadurismo, caudillismo, militarismo y deseos de construir un régimen totalitario».

Por su parte, el historiador italiano Emilio Gentile, uno de los más reconocidos estudiosos del tema, ha explicado que el fascismo debe reunir los siguientes elementos: «el totalitarismo, el imperialismo, la religión política, la revolución antropológica y la guerra como fin principal de la vida humana».

Liquidadas de manera exprés

El borrador presentado por Rodríguez prohíbe en su artículo 13 la constitución «de personas jurídicas de derecho privado, movimientos y organizaciones sociales, así como organizaciones con fines políticos, cuyas actas constitutivas, declaraciones de principios, programas de acción política, estatutos o actividades promuevan, hagan apología o se fundamenten en el fascismo».

Asimismo, en el artículo 14 faculta a los tribunales civiles a disolver a las agrupaciones de cualquier otra naturaleza señaladas de fascistas, y para tomar dicha decisión deberá seguirse «el procedimiento breve previsto en el Código de Procedimiento Civil».

Aunque en la misma norma se establece que se debe garantizar a las agrupaciones procesadas «el derecho a la defensa y el debido proceso», el accionar de la justicia venezolana a lo largo de las últimas dos décadas en casos en los que el Gobierno tiene algún interés, deja mucho que desear. En este sentido vale la pena recordar que la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos para Venezuela de Naciones Unidas ha denunciado a jueces y fiscales por jugar «un papel significativo en la represión estatal de opositores al Gobierno en lugar de proporcionar protección a las víctimas de violaciones de derechos humanos».

El borrador no solo permite clausurar agrupaciones, sino que en su artículo 23 castiga con hasta 10 años de prisión a quienes formen «organizaciones que exalten, hagan apología o se fundamenten en el fascismo» y, más adelante, en la disposición número 27, prevé multas de hasta 100.000 euros para quienes las financien.

Este proyecto reafirma las intenciones de las autoridades por subyugar o liquidar los últimos reductos de libertad existentes en el país: las organizaciones civiles. Unos anhelos que ya habían quedado de manifiesto en otras iniciativas legales como los proyectos de Ley de Cooperación Internacional y de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines (también conocida como Ley Antisociedad), que la AN tiene en su agenda y los cuales están dirigidos socavar el financiamiento de las organizaciones, fundaciones y demás instituciones civiles, así como a someterlas a nuevos y engorrosos trámites y requisitos que en la práctica les impidan continuar operando.

Expertos como el constitucionalista Jesús María Casal han advertido que el borrador de la Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares «pone seriamente en peligro las libertades de conciencia, opinión, manifestación, asociación y expresión de ideas, y que atenta contra el pluralismo político».

Contra lo que queda de oposición

Como ya se ha indicado, el proyecto antifascista no solo apunta a la sociedad civil organizada, sino también a lo que resta de las formaciones políticas opositoras.

Así en su artículo 15, el borrador permite al Consejo Nacional Electoral (CNE) cancelar el registro de los movimientos y grupos de electores señalados de incurrir en algunas de las conductas previstas en el texto. Además, en el artículo 16 le asigna a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la tarea de «acordar la disolución» de las formaciones políticas señaladas de fascistas.

La Sala Constitucional también será la encargada de decidir la inhabilitación de candidatos que han hecho «apología del fascismo», una potestad que parece ir a contracorriente de los principios elementales del derecho, por cuanto la legislación venezolana e internacional es clara al señalar que cualquier restricción a los derechos políticos debe ser decidida por un juez penal, luego de un juicio.

Por su parte, en el artículo 22 se castiga con penas de hasta 12 años de prisión a quien «solicite, invoque, promueva o ejecute acciones violentas como medio o vía para el ejercicio de los derechos políticos», «denigre de la democracia, sus instituciones y los valores republicanos»; y «propugne la eliminación de los derechos y garantías establecidos en la Constitución a favor de determinados sectores de la sociedad, por motivos discriminatorios».

Desde Acceso a la Justicia consideramos que el proyecto de ley supone una criminalización del ejercicio de los derechos civiles y políticos y debido a la vaguedad con la que está redactado abre las puertas a arbitrariedades. De hecho, en un análisis preparado por esta organización, que aborda el proyecto de manera más extensa, se concluye que «No estamos en presencia de una ley represiva más: se trata de un cambio en el sistema penal venezolano, al quedar amplios sectores de la población en situación general de sospecha y por tanto sujetos a un juicio penal».

Más razones para autocensurarse

Al presentar el instrumento, la vicepresidenta Rodríguez admitió que viene a complementar la cuestionada Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia. La declaración da más motivos para alarmarse, pues la ley antes mencionada ha sido empleada para encarcelar a decenas de personas por expresar ideas u opiniones, e incluso bromear, algo que ha deteriorado aún más el ejercicio de la libertad de expresión en el país, como ya han denunciado instancias como la Misión de la ONU.

Así, los medios que difundan mensajes que «hagan apología o promuevan la violencia como método de acción política», «favorezcan o reproduzcan la cultura del odio, la intolerancia, la discriminación y la muerte»; «denigren de la democracia, sus instituciones y valores republicanos»; «promuevan la supresión de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución a favor de determinados sectores de la sociedad, por motivos discriminatorios» o «exalten o hagan apología de los principios, hechos, símbolos y métodos propios del fascismo» perderán sus concesiones y permisos para operar y además se enfrentan a multas de entre 50.000 y 100.000 veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV), según los artículos 11 y 28 del borrador de la Ley bajo estudio.

Algo similar ocurrirá a quienes convoquen manifestaciones o protestas, siempre que se considere que estas incurren en algunas de las conductas antes mencionadas. El texto faculta a las autoridades para disolver cualquier acción de calle que considere que hace «apología del fascismo», un concepto que como hemos visto está recogido de manera muy amplia y opaca en el borrador de la ley en cuestión.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

El proyecto de Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares es la última estocada contra los ya maltratados derechos a la asociación, participación en los asuntos públicos y libertad de expresión, entre otros. La manera en la que está redactado el texto deja en claro que sus intenciones son políticas: silenciar a las voces disidentes y sacar del juego político a cualquier adversario.

Pretender sostener que alguien que se opone al aborto o que defiende que el Estado no debería intervenir en la economía —a juzgar por la interpretación que se le puede dar a  términos previstos en el proyecto como «conservadurismo moral» o «neoliberalismo», respectivamente— es un fascista no solo es incorrecto académicamente, sino que es antidemocrático. Una democracia debe permitir la expresión de las más diversas ideas u opiniones, sin importar que las mismas puedan ser vistas como erróneas, desagradables e incluso ofensivas para un sector. En ella se busca derrotar a dichas posturas de manera racional y pacífica, convenciendo a las mayorías y no usando la violencia institucionalizada del Estado para acortar el campo del debate libre de ideas.